Subvención Municipal EMPRENDE Y CONCILIA

Convocatoria de la Subvención Municipal Emprende y Concilia

 

Objeto: Fomentar la creación de actividad empresarial en el término municipal de València, mediante ayudas a personas que hayan dado de alta en el RETA entre el 12 de abril de 2023 y la fecha de presentación de la solicitud, favoreciendo la conciliación de la vida laboral y familiar.
 

Cuantía:

1. Subvención fija de 2.000€ por solicitud que cumpla los requisitos.

2. Posible incremento de 500€ en los siguientes casos:

a) Cuando la persona cuya alta en el RETA motive la solicitud de subvención tenga hijos/as menores hasta 12 años en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

b) Cuando la persona cuya alta en el RETA motive la solicitud de subvención tenga familiares dependientes a su cargo, sea o no cuidador profesional, en la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes. Debe existir un vínculo de parentesco de hasta 1º grado de consanguinidad o afinidad.

c) Cuando la persona solicitante acredite tener alguna persona trabajadora que disfrute en su empresa de medidas de conciliación de la vida laboral y familiar por tener hijos/as
menores hasta 12 años o familiares dependientes a su cargo
con un vínculo de parentesco de hasta 1º grado de consanguinidad o afinidad, en la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes.

 

 

Requisitos:

1. Ser persona física o jurídica, comunidad de bienes, sociedad civil u otra entidad económica sin personalidad jurídica.

2. Haber dado de alta en el IAE y en el RETA entre el 12 de abril de 2023 y la fecha de presentación de la solicitud.

3. El local de desarrollo de la actividad debe estar en València. En caso de no disponer de local de desarrollo de la actividad, el domicilio fiscal debe estar en el término municipal de València

4. No haber estado de alta en el RETA los 2 meses anteriores a la fecha de alta actual.

5. Tener una plantilla media inferior a 10 personas trabajadoras en los 12 meses anteriores a la presentación de la solicitud.

6. No estar incurso en ninguna de las causas de prohibición para obtener subvenciones.

7. Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

8. No tener deuda pendiente con el Ayuntamiento de València.

9. Haber justificado cualquier subvención anterior concedida por el Ayuntamiento de València.

10. No haber presentado falsas declaraciones.

 

 

Excluidos:

- Administraciones públicas, empresas públicas, asociaciones, fundaciones, etc.
- Personal autónomo colaborador.
- Personal cuyo inicio de actividad genere alta en mutualidades profesionales.

 

 

Documentación (Ver punto 5 de la convocatoria): Formulario de solicitud

- Formulario de preinscripción cumplimentado.
- Certificado actualizado de Situación Censal.
- Informe de la Tesorería de la Seguridad Social sobre la plantilla media.
- En caso de sociedad civil, comunidad de bienes u otras entidades: contrato de constitución.
- En caso de personas jurídicas: escritura de constitución y estatutos actualizados.
- Certificado de titularidad de la cuenta bancaria.
- Documentación específica para el caso de hijos/as menores, familiares dependientes o medidas de conciliación

 

Plazo y forma de presentación:

Publicacion en el BOP: Miércoles, 21 de febrero de 2024

Plazo de solicitud: del día 22/02/2024 hasta el 12/03/2024 ambos incluidos

Presentación telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de València.

 

Procedimiento e instrucción:

- Concesión por concurrencia competitiva, por orden de entrada de solicitudes hasta agotar el
crédito.
- Publicación de listados provisionales de personas beneficiarias y desestimadas.
- Posibilidad de subsanar la documentación o presentar alegaciones.

 

Obligaciones de las personas beneficiarias:

- Mantener el alta en el RETA durante 12 meses.
- Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero.
- Reintegrar la subvención en caso de incumplimiento de las obligaciones.
- Cumplir las demás obligaciones establecidas en la convocatoria y en la normativa de
subvenciones.

 

 

Concurrencia con otras subvenciones:

Las ayudas son compatibles con otras subvenciones, hasta el límite del coste del objeto de la subvención.

Más información: Sede Electrónica del Ayuntamiento de València

 

 

En el apartado “Legislación” de este procedimiento se encuentra la convocatoria completa

Contacto:

Mails:
info@valenciactiva.es
emprende@valencia.es

Horario: 08:30 -14:00
96-208.71.94
96-208.71.86
96-208.40.72
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