Escuela Taller

ESCUELA TALLER  2025. (Dirigidos a personas desempleadas entre 16 y 30 años)

PENDIENTE DE APROBACIÓN

 

ESCUELA TALLER DEVESA ALBUFERA

Grupo 1: (SSCB0209) Dinamización de actividades de tiempo libre, educativo, infantil y juvenil (310 horas). N2. CMOF Emilio Baró

Grupo 2: (AGAU0110) Producción de semillas y plantas en vivero (580 horas). N2. CMOF Emilio Baró.

 

Información General:

El programa de Escuelas Taller se configura como un programa mixto de empleo y formación que tiene como objeto incrementar la empleabilidad de las personas desempleadas de entre 16 y 30 años con la finalidad de facilitar su inserción laboral, combinando la formación con el empleo, mediante la realización de acciones formativas en alternancia con la realización de obras o la prestación de servicios de utilidad pública o interés social.

Normativa:

Orden 23/2024, de 3 de septiembre de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones de los programas Escuelas Taller, Talleres de Empleo  y otros programas públicos mixtos de empleo-formación.

Resolución de 10 de julio de 2025, de la Dirección General, por la que se aprueba la convocatoria de Escuelas Taller, programa mixto de empleo formación, con cargo al ejercicio presupuestario 2025, en aplicación de la Orden 23/2024, de 3 de septiembre, de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo

A quién va dirigido:

Jóvenes entre 16 y 30 años que deberán cumplir los siguientes requisitos mínimos en la fecha de incorporación al proyecto:

a) Tener entre 16 años y 30 años y cumplir los demás requisitos establecidos en la normativa de aplicación para formalizar un contrato de formación en alternancia. En el caso de menores de 18 años, pero mayores de 16, deberán aportarse los consentimientos y autorizaciones preceptivas.

b) Ser desempleadas, según la definición contenida en el art. 4.1.a de la orden de bases.

c) Cumplir los requisitos establecidos para el acceso a las acciones formativas establecidos en la normativa reguladora de los certificados profesionales o los requisitos establecidos en los programas formativos de las especialidades en caso de tratarse de especialidades no vinculadas a la obtención de certificados

Duración:

Las convocatorias fijarán la duración de los proyectos. Los proyectos de las Escuelas Taller tendrán una duración mínima de 12 meses y una duración máxima de 24 meses. 

Formación:

La formación que se imparte es certificada. Son certificados de profesionalidad de nivel 2.

Contratación:

La primera fase inicial de 3 meses será de carácter exclusivamente formativo donde el alumnado percibirá una beca. Pasada la etapa inicial, el alumnado será contratado por la entidad municipal mediante un contrato para la formación por importe del Salario Mínimo Interprofesional vigente desde el inicio del proyecto.

 

 

Para acceder como alumno/a 

1. La selección del alumnado trabajador será precedida, en todo caso, de la tramitación de oferta de servicios formativos por el correspondiente Espai Labora. A efectos de garantizar el cumplimiento de lo previsto en el artículo 4.4 de la orden 23/2024, de 3 de septiembre, mediante aprobación de los correspondientes baremos para la selección del alumnado trabajador, se priorizará a las personas que reúnan las condiciones descritas en cada uno de los colectivos de atención prioritaria, de la Ley de Empleo 3/2022. Las convocatorias, en su caso, establecerán la forma de acreditar las citadas condiciones.

2. El alumnado trabajador deberá estar registrado en el servicio público de empleo como demandante de empleo y cumplir los requisitos de edad, situación laboral o de pertenencia a un determinado colectivo o colectivos, que en su caso se establezcan en la respectiva convocatoria. También cumplirán los requisitos establecidos en la normativa de aplicación para formalizar un contrato de formación en alternancia, así como los requisitos establecidos por la normativa reguladora de los certificados profesionales o en los programas formativos de las especialidades, para acceder a la formación que se desarrolle en los proyectos.

3. Cuando las especialidades contempladas en el proyecto exijan una formación específica previa de carácter general o en alguna materia específica, será necesario que la acrediten.

4. El alumnado trabajador seleccionado, deberá mantener los requisitos de selección a la fecha de su incorporación al programa.

 

Para acceder como personal directivo, docente y administrativo

1. Para la selección del personal de dirección, docente y auxiliar administrativo participante en los proyectos de «Talleres de Empleo», la Comisión Mixta de Selección prevista en el artículo 15 de Orden de bases, establecerá el procedimiento de selección a seguir y los criterios de baremación de los méritos de acuerdo con las instrucciones de la Dirección General de Labora sobre las bases del procedimiento selectivo y baremos aplicables, considerándose la mayor adecuación de la experiencia y la cualificación al puesto de trabajo ofertado como criterio estratégico y, por tanto, prioritario.

2. Como procedimiento para la preselección de las personas candidatas a dichos puestos se utilizará preferentemente la oferta de empleo tramitada por el Espai Labora que corresponda, convocatoria pública o ambas.

 

Enlace para seguir informado:

https://labora.gva.es/es/programes-mixtos-d-ocupacio/talleres-de-empleo

https://valenciactiva.valencia.es