Subvención municipal para eventos del ecosistema emprendedor de Valencia

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES MUNICIPALES PARA EVENTOS DEL ECOSISTEMA EMPRENDEDOR DE VALENCIA

Objeto

Acometer actuaciones encaminadas a potenciar el ecosistema emprendedor  de Valencia por medio del establecimiento de ayudas destinadas a apoyar la realización de eventos  en materia de emprendimiento que impulsen y refuercen la actividad emprendedora en el término municipal de Valencia. 

 

Requisitos:

Podrán presentarse a esta convocatoria de  subvenciones  tanto personas físicas o jurídicas, como las comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades sin personalidad jurídica, legalmente constituidas y que cumplan los siguientes requisitos:
a)    Que su domicilio fiscal o el local de desarrollo de su actividad se encuentren en el término municipal de Valencia. Este requisito se comprobará con los datos que figuran en el Certificado de Situación Censal. 
b)    Que organice un evento de emprendimiento en el término municipal de Valencia entre el 1 de enero de 2024 y el  24 de noviembre de 2024, que impulse o refuerce la actividad emprendedora en el ámbito territorial del municipio de Valencia. 
c)    En caso de comunidades de bienes, sociedades civiles  u otras entidades económicas sin personalidad jurídica debe nombrarse una representante apoderado, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que corresponden a la agrupación o comunidad de bienes. 
d)    No encontrarse incursas en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en particular, estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal (AEAT).
e)    No encontrarse incursas en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en particular con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
f)    No tener deuda alguna pendiente con el Ayuntamiento de Valencia.g)    Haber justificado cualquier subvención que le haya sido concedida con anterioridad por el Ayuntamiento de Valencia, siempre que haya finalizado el correspondiente plazo de justificación. 
h)    Que no hayan incurrido en falsas declaraciones al facilitar la información exigida para poder participar en la convocatoria.
i)    Acreditar gastos corrientes subvencionables recogidos en el punto 7 de esta convocatoria.

Quedan excluidas las administraciones públicas y sus organismos autónomos.  

 

Forma y plazo de presentación

La presentación de las solicitudes se efectuará mediante solicitud normalizada únicamente por vía telemática a través del procedimiento habilitado en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Valencia <https://sede.valencia.es/sede/>, en el apartado de “trámites”, seleccionar materias y dentro de estas, seleccionar “actividad económica, empleo y consumo”. Para ello, el solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada con un certificado reconocido para la ciudadanía -personas físicas- admitido por la sede electrónica del Ayuntamiento de Valencia.

El plazo de presentación de solicitudes es del 13 de junio al 2 de julio de 2024.

 

Enlace a convocatoria
https://sede.valencia.es/sede/registro/procedimiento/AE.IE.120

 

Todas comunicaciones y las notificaciones en este procedimiento se realizaran a través de su publicación en el Tablón de Edictos electrónico del Ayuntamiento, incluidas las realizadas a las personas o entidades solicitantes de la ayuda requeridas por no haber presentado la totalidad de la documentación exigida en la convocatoria de la subvención.