Ayudas a los sectores económicos tradicionales valencianos 2023

ENLACE A SEDE ELECTRÓNICA

PLAZO DE SOLICITUD: del día 31/05/2023 hasta el 19/06/2023 ambos inclusive

 

OBJETO

El objeto de la presente convocatoria es preservar y fomentar la actividad económica de los sectores productivos tradicionales valencianos formados por el conjunto de artistas de fallas y artistas de carrozas, el sector empresarial de la indumentaria valenciana, orfebrería valenciana, pirotecnia, bandas, estandartes, insignias, revistas y otros medios de comunicación (webs y otros) cuya actividad esté directamente vinculada a las fiestas falleras y/o fiestas tradicionales de la ciudad. Todos los sectores deben tener su local de desarrollo de la actividad en el término municipal de València, prestando especial atención al barrio de Ciutat Fallera.

Estas ayudas se dirigen a cubrir los gastos corrientes de la actividad realizada por las personas físicas o jurídicas u otras entidades económicas sin personalidad jurídica
 

CUANTÍA TOTAL

La cuantía máxima destinada a atender estas subvenciones asciende a 478.456 euros.

 

CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN

Otorgar a las personas beneficiarias de estas ayudas:

  1. a) 100% de gastos subvencionables justificados hasta un máximo de 5.000€
  2. b) Adicionalmente, 1.000€ más en el caso de artistas de fallas y carrozas que desarrollen su actividad en Ciutat Fallera

 

GASTOS SUBVENCIONABLES

  • - Gastos corrientes pagados entre el 17 de mayo de 2022 y la fecha de presentación de la solicitud.
  • - Gastos derivados de contratos de suministro de energía, agua, teléfono, internet o aprovisionamiento específicamente referidos al establecimiento de desarrollo de la actividad.
  • - Gastos de personal: nóminas, cuota de autónomo y seguridad social a cargo de la empresa.
  • - Primas de seguros (seguro de responsabilidad civil por un máximo de una anualidad y otros)
  • - Servicios de gestoría, asesoramiento o consultoría de cualquier materia.
  • - Alquiler de locales destinados exclusivamente al ejercicio de la actividad y de equipos necesarios para el desarrollo de la misma.

 

PERSONAS O ENTIDADES BENEFICIARIAS

Personas físicas o jurídicas, como las comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades económicas sin personalidad jurídica, legalmente constituidas.

Estar dado de alta en los epígrafes de la convocatoria con fecha anterior a la publicación en el BOP de la convocatoria y ejercer la actividad en el término municipal de València.

 

REQUISITOS PARA SER PERSONA O ENTIDAD BENEFICIARIAS

  1. a) Que la actividad económica sea desarrollada por una persona física o jurídica u otras entidades económicas sin personalidad jurídica legalmente constituidas.
  2.  
  3. b) Estar dado de alta en alguna de las actividades (IAE) de los sectores identificados en el Anexo I de esta convocatoria, con fecha anterior a la publicación en el BOP de la misma
  4.  
  5. c) Que el local de desarrollo de la actividad se encuentre en el término municipal de València.
  6.  
  7. d) Acreditar gastos corrientes subvencionables recogidos en el Anexo II de esta convocatoria.
  • Además:
  1. e) En el caso de artistas de fallas:
  • - Que hayan suscrito un contrato para la realización de una Falla para las fiestas falleras de 2022 y/o 2022 con una Comisión Fallera, para desarrollarlo en el término municipal de València o fuera de él y que en su caso se hayan cumplido las condiciones en él establecidas.
  1. f) En el caso de artistas de carrozas:
  • - Que hayan suscrito un contrato para el diseño, construcción y alquiler de carrozas para actos festivos de 2022 y/o 2023 y que en su caso se hayan cumplido las condiciones en él establecidas.
  1. g) En el caso indumentaria valenciana y orfebrería valenciana:
  • - Que los ingresos de la actividad provengan mayoritariamente de orfebrería valenciana y/o indumentaria valenciana.
  1. h) En el caso estandartes, bandas o insignias:
  •  Que hayan suscrito un contrato con el fin de suministrar estandartes, bandas o insignias para las fiestas falleras de 2022 y/o 2023 con una Comisión Fallera y que en su caso se hayan cumplido las condiciones en él establecidas.
  1. i) En el caso de revistas y otros medios de comunicación
  • - Que su actividad se dedique mayoritariamente las fiestas falleras y/o otras fiestas tradicionales de la ciudad.

 

PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: DEL 31 DE MAYO AL 19 DE JUNIO DE 2023

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales desde el siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP (Publicada el 30/5/2023).

La presentación de las solicitudes se efectuará mediante una solicitud normalizada únicamente por vía telemática, a través del procedimiento establecido a tal efecto en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de València https://sede.valencia.es/sede/ > Trámites > Materias > Actividad económica, empleo consumo

 

Para ello, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada con un certificado reconocido para la ciudadanía -personas físicas- admitido por la sede electrónica del Ayuntamiento de València.:

 

DOCUMENTACIÓN A APORTAR 

  •  
  • - NIF por las dos caras o NIE acompañado del pasaporte, de la persona o empresa solicitante. 
  • - Certificado actualizado de Situación Censal,
  • - Declaración Responsable
  • - Facturas por importe neto máximo de 5.000€
  • - Justificantes de pago de las facturas presentadas con identificación de la persona o empresa destinataria, importe, fecha de pago y la persona que realiza el pago que deberá de coincidir con la persona solicitante. 

 

Más información en: 

962087194 - 8.00 h a 14.30 h
960635690 - 8.00 h a 15.00 h
962083659 - 8.30 h a 15.30 h
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