Ayudas València Activa Formación Idiomas
CONVOCATORIA 2025
Aprobada la convocatoria 2025.
Publicación del extracto en el BOP: 24 de abril de 2025
Plazo de presentación de solicitudes: del 25 de abril al 31 de julio de 2025.
Objeto
La finalidad de estas ayudas es subvencionar los gastos de obtención de la certificación de los niveles de competencia lingüística: A2, B1, B2, C1 y C2 en los idiomas valenciano, inglés, francés, italiano, alemán, portugués y chino, incluyendo además en el idioma valenciano los niveles de Lenguaje administrativo, Corrección de textos y Lenguaje en los medios de comunicación.
CONVOCATORIA 2025
BASES DE LA CONVOCATORIA 2025 (aprobadas en Junta de Gobierno Local de 11 de abril de 2025)
Consulta las notas aclaratorias
Gastos subvencionables
1.- Las tasas de las pruebas para la obtención del certificado de idiomas objeto de la convocatoria, cuyo pago conste justificado, siempre que se haya aprobado la prueba y se cumplan el resto de requisitos.
2.- En el ámbito de las EOI, las tasas por la expedición del título de la prueba por la que se solicita la ayuda, cuyo pago conste justificado, siempre que se cumplan el resto de requisitos.
Requisitos de las personas solicitantes
a) Tener 14 años de edad o más en el momento de presentación de la solicitud.
b) Hallarse empadronadas en el municipio de València en la fecha de la aprobación de esta convocatoria por la Junta de Gobierno Local (11 de abril de 2025).
c) Haber realizado y aprobado las pruebas de certificación de los mencionados idiomas en el periodo comprendido entre el 1 de agosto de 2024 y 31 de julio de 2025, ambos inclusive.
d) No tener deuda alguna pendiente con el Ayuntamiento de València.
e) Haber justificado cualquier subvención que les haya sido concedida con anterioridad por el Ayuntamiento de València, siempre que haya finalizado el correspondiente plazo de justificación.
f) No encontrarse incurso en procedimiento de reintegro de subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento.
g) No encontrarse incursas en ninguna de las circunstancias de los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la LGS, y, en particular, estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Presentación de solicitudes
La presentación de solicitudes se hará, preferentemente, por vía telemática en la sede electrónica del Ayuntamiento de València:
Enlace al trámite en la Sede electronica
El plazo de presentación de solicitudes es desde el 25 de abril hasta el 31 de julio de 2025.
24/09/2024
En el día de hoy se procede a la publicación del listado provisional de solicitudes admitidas y no admitidas de la convocatoria de las “Ayudas para el pago de tasas de certificaciones en idiomas: Valenciano, inglés, francés, italiano, alemán, portugués y chino. València Activa 2025.”, abriéndose un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la presente publicación, y sin que se cuenten como días hábiles los sábados, los domingos, ni los días festivos, para que las personas interesadas subsanen errores y la falta de documentación.
Plazo de presentación de documentación: desde el 25 de septiembre hasta el 8 de octubre
Nota: el documento justificativo del pago de la tasa de examen debe contener obligatoriamente los datos de la persona solicitante de la ayuda, el importe abonado en euros, concepto, idioma y nivel del examen, centro examinador y fecha de examen. En el caso de justificantes de pago de las Escuelas Oficiales de Idiomas (EOI), deberá aportarse la totalidad de las hojas del impreso de matrícula o el resguardo de matrícula debidamente sellado por la entidad, así como el impreso de tasas de matrícula modelo 046 y su justificante de pago.
La documentación debe ser presentada preferentemente por vía telemática en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de València o por Registro de Entrada municipal, debidamente identificado con el nombre de la persona solicitante y como ayudas para el pago TASAS de Idiomas 2025.
Durante el plazo de subsanación, la aportación de documentación se deberá hacer desde este enlace a través del trámite “APORTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN A SOLICITUDES/EXPEDIENTES YA EN TRÁMITE POR EL AYUNTAMIENTO”:
https://sede.valencia.es/sede/registro/procedimiento/AD.AD.10
Indicando en el apartado “Datos del expediente”, en el campo “Aportar a” la opción “Expediente”, y cumplimentando el resto de campos con los datos del expediente ya abierto.
Alta y mantenimiento en fichero de personas acreedoras, cesionarias, terceras y personal propio
Las personas que figuren en el listado con la solicitud admitida (A), ya pueden realizar el trámite "Alta y mantenimiento en fichero de personas acreedoras, cesionarias, terceras y personal propio".
La presentación telemática se realiza a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Valencia, en este enlace:
https://sede.valencia.es/sede/registro/procedimiento/AD.AD.20
En el impreso, en el apartado 7. CENTRO GESTOR DEL AYUNTAMIENTO, se debe indicar “Servicio de Empleo y Formación”. Además del impreso de alta, deberán adjuntar:
- el certificado de titularidad bancaria.
- en caso de presentación presencial, el DNI de la persona interesada/solicitante.
Las personas solicitantes de la ayuda deben constar como titulares o cotitulares en la cuenta bancaria facilitada. En caso de menores de edad, la cuenta puede ir a nombre del representante legal, y en ese caso el/la menor debe constar como cotitular de la cuenta.
Si la persona solicitante ya estuviera dada de alta en el fichero de acreedores del Ayuntamiento y no hubiera modificación de la cuenta, no han de repetir el trámite. Si se hubiera producido alguna modificación en el IBAN, deberán presentar el impreso con el nuevo número de cuenta, señalando “Modificación de cuenta corriente” en el apartado 1 del impreso, así como el certificado de titularidad bancaria.