Convocatoria València Activa Promoción Actividades Económicas 2023: EMPRÉN, EMPLEA Y EMPLEA MUJER PLUS

APROBADA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES MUNICIPALES PARA LA PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE VALÈNCIA 2023

CONVOCATORIA APROBADA POR JUNTA DE GOBIERNO 10/03/23

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: DEL 22/03/23 AL 11/04/23

La presente convocatoria tiene por objeto acometer actuaciones inmediatas encaminadas a paliar las graves consecuencias de la pandemia por lo que se hace necesario impulsar la actividad económica convocando subvenciones para el ejercicio 2023, destinadas a potenciar y consolidar el ecosistema emprendedor valenciano así como crear empleo. Esta convocatoria incluye tres programas específicos, compatibles entre sí, que se detallan en sus correspondientes anexos:

 

  • PROGRAMA I SUBVENCIÓN EMPRÉN, destinada a apoyar en los inicios de la actividad a personas que hayan emprendido en el término municipal de València (entre el 24 de marzo de 2022 y la fecha de presentación de la solicitud de subvención).
  •  

  • OBJETO: Acometer actuaciones encaminadas a fomentar la creación de actividad empresarial en el término municipal de València, por medio del establecimiento de ayudas destinadas a apoyar en los inicios de la actividad económica a aquellas personas que hayan generado el alta en el régimen especial de trabajadores autónomos entre el 24 de marzo de 2022 y la fecha de presentación de la solicitud de subvención. 

 

REQUISITOS

Los señalados en las bases de la convocatoria (punto 4) y los especificados en el anexo de este Programa I (punto 2):

1.- Que hayan comenzado su actividad empresarial, dándose de alta en el impuesto de actividades económicas (IAE en lo sucesivo) y se hayan dado de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA en lo sucesivo) entre el  24 de marzo de 2022 y la fecha de presentación de la solicitud de subvención.

A los efectos del plazo establecido en el párrafo anterior, en el supuesto de que la persona solicitante de la ayuda esté dada de alta en más de un epígrafe del IAE, se tendrá en cuenta como comienzo efectivo de la actividad la fecha de alta de la actividad más antigua que figure en el certificado de Situación Censal.

2.- Que el inicio de esta primera actividad genere el alta en el RETA de quien solicita. En caso de comunidades de bienes, sociedades civiles, otras entidades económicas sin personalidad jurídica y personas jurídicas, el alta en el RETA debe ser de la persona administradora o de una de ellas y que esta persona no haya presentado solicitud para la convocatoria a título individual o en representación de otra empresa. 

3.-No se aceptarán altas en mutualidades profesionales o similares.

4.- Que el local de desarrollo de la actividad se encuentre en el término municipal de València. En caso de no disponer de local de desarrollo de la actividad, el domicilio fiscal debe estar en el término municipal de València.

5.- Que la persona cuya alta en el RETA motive la solicitud de subvención no haya estado de alta en dicho régimen los 2 meses anteriores a su fecha de alta actual. 

 

CUANTÍA: entre 1.500 euros y 2.000 euros

 

TRÁMITE:  Antes de iniciar el trámite en sede electrónica deberá haber Cumplimentado el formulario de preinscripción en: https://www.valencia.es/apps/subvencions (esta web no estará activada hasta el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOP).

Solamente hay que cumplimentar los datos, pero no tiene que aportar aquí la documentación. Ésta se aporta en el segundo trámite en la Sede Electrónica.
Cuando se haya cumplimentado el formulario, se debe guardar y aportarlo en el segundo trámite. El formulario tiene un número de localizador que se lo pedirán al realizar el segundo trámite en la Sede Electrónica.

 

ENLACE A LA SEDE ELECTRÓNICA

 

  • PROGRAMA II SUBVENCIÓN EMPLEA, destinado a favorecer la contratación indefinida de personas a tiempo completo en el término municipal de València (las realizadas a partir del 24 de marzo de 2022 y hasta la fecha de presentación de solicitud).
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  • OBJETO: Acometer actuaciones encaminadas a fomentar  el empleo estable y de calidad por medio del establecimiento de ayudas económicas destinadas a favorecer la formalización de contratos de trabajo por tiempo indefinido a jornada completa mediante contrataciones iniciales o mediante la transformación de contratos laborales preexistentes en indefinidos a jornada completa, incentivando la inserción laboral de colectivos con mayor dificultad de acceso al mercado de trabajo.

 

REQUISITOS

Los señalados en las bases de la convocatoria (punto 4) y los especificados en el anexo de este Programa II (punto 2):

  • 1.- Que el local de desarrollo de la actividad se encuentre en el término municipal de València. En caso de no disponer de local de desarrollo de la actividad el domicilio fiscal debe estar en el término municipal de València.
  • 2.- Que la formalización de un contrato inicial, o la conversión a indefinido a tiempo completo, se haya realizado a partir del día 24 de marzo de 2022 y hasta la fecha de presentación de solicitudes.

Las personas que sean contratadas deberán cumplir el siguiente requisito:

En caso de contrataciones iniciales, estar en situación de desempleo, es decir, no estar de alta en ningún régimen de la Seguridad Social el día previo a la contratación.

-No serán subvencionables:

Las contrataciones realizadas al amparo de una relación laboral de carácter especial, a que se refieren el art. 2.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre.

Al efecto de acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en esta convocatoria para ser persona beneficiaria de estas ayudas, la persona solicitante deberá efectuar una declaración responsable (incorporada en la solicitud normalizada.)

 

CUANTÍA: entre 1.500 euros y 2.000 euros

 

TRÁMITE:  Antes de iniciar el trámite en sede electrónica deberá haber Cumplimentado el formulario de preinscripción en: https://www.valencia.es/apps/subvencions (esta web no estará activada hasta el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOP).

Solamente hay que cumplimentar los datos, pero no tiene que aportar aquí la documentación. Ésta se aporta en el segundo trámite en la Sede Electrónica.
Cuando se haya cumplimentado el formulario, se debe guardar y aportarlo en el segundo trámite. El formulario tiene un número de localizador que se lo pedirán al realizar el segundo trámite en la Sede Electrónica.

 ENLACE DE LA SEDE ELECTRÓNICA

 

  • PROGRAMA II SUBVENCIÓN EMPLEA MUJER PLUS, destinado a favorecer la contratación indefinida de mujeres de 45 o más años a tiempo completo en el término municipal de València (las realizadas a partir del 24 de marzo de 2022 y hasta la fecha de presentación de solicitud).
  •  

    • OBJETO: acometer actuaciones encaminadas a fomentar  el empleo estable y de calidad por medio del establecimiento de ayudas económicas destinadas a favorecer la formalización de contratos de trabajo por tiempo indefinido a jornada completa mediante contrataciones iniciales o mediante la transformación de contratos laborales preexistentes en indefinidos a jornada completa de mujeres de 45 o más años, incentivando así la inserción laboral de este colectivo con mayor dificultad de acceso al mercado de trabajo.

 

REQUISITOS

Los señalados en las bases de la convocatoria (punto 4) y los especificados en el anexo de este Programa II (punto 2):

  • 1.- Que el local de desarrollo de la actividad se encuentre en el término municipal de València. En caso de no disponer de local de desarrollo de la actividad el domicilio fiscal debe estar en el término municipal de València.
  • 2.- Que la formalización de un contrato inicial, o la conversión a indefinido a tiempo completo, se haya realizado a partir del día 24 de marzo de 2022 y hasta la fecha de presentación de solicitudes.

  • 3.- Que la persona contratada sea mujer de 45 o más años de edad en el momento de la contratación.

Las personas que sean contratadas deberán cumplir el siguiente requisito:

Ser mujer de 45 o más años en el momento de la contratación.

En caso de contrataciones iniciales, estar en situación de desempleo, es decir, no estar de alta en ningún régimen de la Seguridad Social el día previo a la contratación.

-No serán subvencionables:

Las contrataciones realizadas al amparo de una relación laboral de carácter especial, a que se refieren el art. 2.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre.

Al efecto de acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en esta convocatoria para ser persona beneficiaria de estas ayudas, la persona solicitante deberá efectuar una declaración responsable (incorporada en la solicitud normalizada.)

 

CUANTÍA:  3.000 euros

 

TRÁMITE:  Antes de iniciar el trámite en sede electrónica deberá haber Cumplimentado el formulario de preinscripción en: https://www.valencia.es/apps/subvencions (esta web no estará activada hasta el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOP).

Solamente hay que cumplimentar los datos, pero no tiene que aportar aquí la documentación. Ésta se aporta en el segundo trámite en la Sede Electrónica.
Cuando se haya cumplimentado el formulario, se debe guardar y aportarlo en el segundo trámite. El formulario tiene un número de localizador que se lo pedirán al realizar el segundo trámite en la Sede Electrónica.

 ENLACE DE LA SEDE ELECTRÓNICA