Ayudas para el pago de tasas de certificaciones en idiomas (Idiomas para el Empleo)

CONVOCATORIA 2026

Aprobada la convocatoria 2026.

Publicación del extracto en el BOP: (18/03/2026)

Plazo de presentación de solicitudes: desde el 20 de marzo hasta el 30 de abril de 2026

 

Publicado el listado provisional (21/07/2026). Consúltalo más abajo.

Corrección de errores (23/07/2026)

 

Objeto

La finalidad de estas ayudas es subvencionar los gastos de obtención de la certificación de los niveles de competencia lingüística: A2, B1, B2, C1 y C2 en los idiomas valenciano, inglés, francés, italiano, alemán, portugués y chino, incluyendo además en el idioma valenciano los niveles de Lenguaje administrativo, Corrección de textos y Lenguaje en los medios de comunicación.

 

 

 

CONVOCATORIA 2026 (aprobada en Junta de Gobierno Local de 6 de marzo de 2026)

 

Gastos subvencionables

1.-  Las tasas de las pruebas para la obtención del certificado de idiomas objeto de la convocatoria, cuyo pago conste justificado, siempre que se haya aprobado la prueba y se cumplan el resto de requisitos.

2.- En el ámbito de las EOI, las tasas por la expedición del título de la prueba por la que se solicita la ayuda, cuyo pago conste justificado, siempre que se cumplan el resto de requisitos.

 

Requisitos de las personas solicitantes

a) Tener 14 años de edad o más en el momento de presentación de la solicitud.

b) Hallarse empadronadas en el municipio de València en la fecha de la aprobación de esta convocatoria por la Junta de Gobierno Local (6 de marzo de 2026).

c) Haber realizado y aprobado las pruebas de certificación de los mencionados idiomas en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2025 y 31 de diciembre de 2025, ambos inclusive.

d) No tener deuda alguna pendiente con el Ayuntamiento de València.

e) Haber justificado cualquier subvención que les haya sido concedida con anterioridad por el Ayuntamiento de València, siempre que haya finalizado el correspondiente plazo de justificación.

f) No encontrarse incurso en procedimiento de reintegro de subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento.

g) No encontrarse incursas en ninguna de las circunstancias de los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la LGS, y, en particular, estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

h) No podrán ser beneficiaras las personas que hayan recibido ayuda por la misma prueba de certificación en una convocatoria anterior.

 

Presentación de solicitudes

La presentación de solicitudes se hará, preferentemente, por vía telemática en la sede electrónica del Ayuntamiento de València:

Enlace al trámite en la Sede electrónica

El plazo de presentación de solicitudes es desde el 20 de marzo hasta el 30 de abril de 2026.

 

21/07/2026 LISTADO PROVISIONAL

23/07/2026 CORRECCIÓN DE ERRORES LISTADO PROVISIONAL

En fecha 21/07/2026 se publicó en el Tablón de Edictos Electrónico el listado de solicitudes admitidas y excluidas en la convocatoria de Ayudas para el pago de tasas de certificaciones en idiomas: valenciano, inglés, francés, italiano, alemán, portugués y chino 2026.

Advertidos errores en los listados publicados anteriormente, consistentes en la omisión del texto completo en algunos de los apartados de las columnas de defectos advertidos y documentación requerida, así como en la inclusión errónea de una solicitud en el estado de completa a pesar de constar error advertido y documentación requerida, se procede a la publicación íntegra de los listados siguientes con las correcciones oportunas, las cuales sustituyen a las previas y abren el plazo para que las personas interesadas comprueben su estado real y aporten la documentación solicitada:

- ANEXO I Listado de solicitudes completas y pendientes de subsanación. Incluye todas las solicitudes admitidas a trámite, clasificadas en los siguientes estados:

Completa. Solicitudes que reúnen todos los requisitos formales y documentales exigidos. Su inclusión implica la continuidad del trámite sin requerimientos adicionales, si bien no genera derecho a la percepción de la ayuda, quedando la concesión definitiva condicionada al cumplimiento de la totalidad de los requisitos de la convocatoria.

Pendiente de subsanación. Solicitudes que presentan defectos de forma o falta de documentación obligatoria. Se requiere a las personas interesadas su subsanación; la ausencia de esta determinará el desistimiento de la solicitud, conforme al artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Nota: Si una misma persona tiene varias solicitudes en estados distintos, todas se reflejarán de manera unificada en este Anexo I en su estado correspondiente.

- ANEXO II Listado de solicitudes excluidas. El listado incluye las solicitudes no admitidas por incumplir requisitos esenciales que debían concurrir en el momento de su presentación (edad, empadronamiento o fechas de realización de la pruebas de certificación). Este incumplimiento es insubsanable no obstante el derecho de las personas interesadas a presentar reclamación si consideran que se ha producido un error material, de hecho o de valoración en la comprobación de sus datos.

Las personas interesadas disponen de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación, para subsanar deficiencias o formular las reclamaciones oportunas.

Enlace al edicto corregido

Nuevo plazo de subsanación: desde el 24 de julio hasta el 6 de agosto de 2026.

 

Nota informativa sobre subsanaciones previas 

La publicación de estos listados corregidos no altera las subsanaciones ya presentadas, por lo que las personas interesadas que ya hubiesen presentado su subsanación o reclamación de forma correcta con respecto al listado anterior, no deberán volver a presentarla.

 

Forma de subsanación

Las personas interesadas presentarán la documentación requerida preferentemente en la sede electrónica del Ayuntamiento de València o a través del Registro de Entrada municipal.

En la sede electrónica la aportación de la documentación se realizará accediendo al expediente correspondiente a través de Carpeta ciudadana, o a través del trámite Aportación de documentación a solicitudes/expedientes ya en trámite por el Ayuntamiento:

https://sede.valencia.es/sede/registro/procedimiento/AD.AD.10

Importante: Si ha de presentarse nuevamente la solicitud con las correcciones indicadas en la publicación, se adjuntará además el impreso disponible en el apartado Información complementaria del procedimiento:

https://sede.valencia.es/sede/registro/procedimiento/AE.EM.150?lang=1